Qué pasa si te toca mesa y no vas

Revisión editorial

Respuesta corta: es un delito electoral. El artículo 143 de la LOREG castiga a presidentes, vocales y suplentes que no acudan, abandonen la mesa sin causa legítima o no avisen como exige la ley con prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses. Si no puedes ir, tienes 7 días desde la notificación para alegar una causa justificada ante la Junta Electoral de Zona.

La pena, según la ley

Artículo 143 de la LOREG
ConductaPenaFuente
No acudir o no desempeñar las funciones sin causa legítimaPrisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 mesesLOREG, artículo 143
Abandonar la mesa sin causa legítimaPrisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 mesesLOREG, artículo 143
No cumplir la obligación de excusa o aviso previoPrisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 mesesLOREG, artículo 143

Cómo evitarlo

  • Alega tu causa en 7 días desde la notificación ante la Junta Electoral de Zona, con documentos (artículo 27.3).
  • La Junta responde en 5 días y su decisión no admite recurso.
  • Si después te surge un impedimento, avisa a la Junta lo antes posible (artículo 27.4).

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

Cómo revisamos las guías · Avisar de un error

Preguntas frecuentes

¿Es una multa administrativa o un delito?

Un delito: el artículo 143 de la LOREG está en el capítulo de delitos electorales y prevé prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.

¿También afecta a los suplentes?

Sí. El artículo 143 incluye a los suplentes que dejen de acudir sin causa legítima.

¿Qué pasa si la mesa no se puede formar?

La Junta Electoral de Zona designa libremente a quien la forme, incluso a electores presentes en el local, e informa al Ministerio Fiscal de quienes no comparecieron (artículo 80 de la LOREG).

¿Y si me pongo enfermo a última hora?

Comunícalo a la Junta Electoral de Zona en cuanto lo sepas y aporta la justificación. El artículo 27 regula el aviso de quien no pueda acudir después de ser designado.

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