Me ha tocado mesa electoral: qué hago
Revisión editorial
Ser presidente o vocal de mesa es obligatorio. Los ayuntamientos hacen el sorteo entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026 y te lo notifican en 3 días. Si tienes una causa justificada, la alegas ante la Junta Electoral de Zona en 7 días desde la notificación.
Plazos
Fechas del calendario de la Junta Electoral Central.
- Sorteo: del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2026.
- Notificación y manual: en 3 días desde el sorteo.
- Alegaciones: 7 días desde la notificación.
- Respuesta de la Junta: 5 días desde que alegas.
El día 29
La mesa se constituye antes de abrir. La votación va de 9:00 a 20:00. Los suplentes también deben ir a primera hora; si no hacen falta, quedan libres.
A quién le puede tocar
El sorteo es público y se hace entre todas las personas de la lista de electores de esa mesa que sepan leer y escribir y tengan menos de 70 años (artículo 26 de la LOREG).
Para presidir hace falta el título de Bachiller o de FP de segundo grado o, en su defecto, el de Graduado Escolar o equivalente. Los vocales no necesitan título.
Por cada puesto se sortean dos suplentes. Quien se presenta como candidato no puede formar parte de una mesa (artículo 27.1).
Qué haces el 29 de noviembre
- A las 8:00 te presentas en el local con los demás titulares y suplentes (artículo 80).
- La mesa no puede constituirse sin un presidente y dos vocales; si falta alguien, le sustituyen los suplentes en el orden que fija la ley.
- De 9:00 a 20:00 se vota. Si a las 20:00 queda gente dentro del local, puede votar.
- Después se cuentan los votos en público y se firman las actas.
Si no vas sin causa justificada
El artículo 143 de la LOREG castiga a quien deja de acudir o abandona la mesa sin causa legítima, o incumple sin causa justificada la obligación de excusarse o avisar, con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.
Por eso, si no puedes ir, alega a tiempo ante la Junta Electoral de Zona y guarda el justificante.
Fuentes y comprobación
Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.
- Junta Electoral Central: calendario electoral de las elecciones generales 2026
- Ministerio del Interior (Infoelectoral): permisos y dietas de los miembros de mesa
- LOREG, artículos 26 y 27: formación de las mesas
- LOREG, artículo 80: constitución de la mesa a las 8:00
- LOREG, artículo 143: no acudir a la mesa
Preguntas frecuentes
Tengo más de 65 años, ¿puedo renunciar?
Sí. El artículo 26 de la LOREG permite a los mayores de 65 años renunciar en el plazo de siete días.
¿Y si me surge un problema a última hora?
Debes comunicarlo a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de constituir la mesa. Si es sobrevenido, hasta antes de las 8:00 del día de votación.
¿Qué pasa si no voy a la mesa?
Si no acudes sin causa legítima, el artículo 143 de la LOREG prevé prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. Si tienes una causa, alégala ante la Junta Electoral de Zona.
¿A qué hora tengo que estar?
A las 8:00 del 29 de noviembre de 2026, en el local de tu mesa, según el artículo 80 de la LOREG.
Guías relacionadas
No somos la Junta Electoral, la Oficina del Censo Electoral, Correos ni un consulado. Las fechas salen del calendario de la Junta Electoral Central y de las notas oficiales citadas. Si una fuente oficial cambia un plazo, manda la fuente oficial.