Donativos antes del 31 de diciembre: cuánto te desgravan en la Renta

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Respuesta corta: si donas a una entidad acogida a la Ley 49/2002, en la Renta te deduces el 80 % de los primeros 250 € donados en el año y el 40 % de lo que pase de 250 €. Si llevas tres años donando a la misma entidad sin bajar el importe, lo que pase de 250 € deduce el 45 %. Para que cuente en la Renta de 2026, el donativo tiene que hacerse como tarde el 31 de diciembre de 2026.

Autoría y revisión

Por Equipo RutaTrámite. Última revisión: 26 de octubre de 2026, con el texto consolidado de la Ley 49/2002 y de la Ley del IRPF en el BOE.

Cuánto desgrava (IRPF)

La escala del artículo 19 de la Ley 49/2002 (redacción del Real Decreto-ley 6/2023) se aplica a la suma de tus donativos del año a entidades con derecho a deducción.

  • Primeros 250 €: 80 %
  • Lo que pase de 250 €: 40 %
  • Lo que pase de 250 € a una entidad a la que hayas donado los dos años anteriores sin bajar el importe: 45 %

Ejemplos

Son cálculos directos de la escala, sin deducciones autonómicas.

  • 50 € donados → 40 € de deducción
  • 250 € → 200 €
  • 500 € → 300 € (o 312,50 € si es donación recurrente)
  • 1.000 € → 500 € (o 537,50 € si es recurrente)

Por qué antes del 31 de diciembre

La deducción se aplica en la declaración del año en que haces el donativo. Lo que dones hasta el 31 de diciembre de 2026 entra en la Renta de 2026, que se presenta en 2027. Lo que dones el 1 de enero ya va a la del año siguiente.

Requisitos

La entidad tiene que estar acogida al régimen de la Ley 49/2002 (por ejemplo, fundaciones y asociaciones de utilidad pública que lo hayan solicitado). Pregúntale si emite el certificado del artículo 24 y dale tu NIF para que el donativo aparezca en tus datos fiscales.

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto me devuelve Hacienda si dono 150 €?

120 €: el 80 % de 150 €, porque no pasas de 250 € (artículo 19 de la Ley 49/2002). Es deducción de la cuota, así que solo se nota si tienes cuota que pagar o reducir.

¿Y si dono 500 €?

300 €: el 80 % de los primeros 250 € (200 €) más el 40 % de los otros 250 € (100 €). Si es el tercer año seguido a la misma entidad sin bajar el importe, el tramo de más de 250 € deduce el 45 % y la deducción sube a 312,50 €.

¿Hay un límite?

Sí. La base de la deducción no puede superar el 10 % de tu base liquidable (artículo 69.1 de la Ley del IRPF, al que remite el artículo 19.2 de la Ley 49/2002).

¿Qué papel necesito?

Un certificado de la entidad con tu NIF, la fecha y el importe, la mención de que está acogida a la Ley 49/2002 y el carácter irrevocable de la donación (artículo 24). La entidad también informa a Hacienda.

¿Y si dona mi empresa?

En el Impuesto sobre Sociedades la deducción es del 40 % (50 % si repite tres años a la misma entidad), con un límite del 15 % de la base imponible (artículo 20).

Guías relacionadas

Información general sobre la deducción estatal. Algunas comunidades autónomas tienen deducciones propias por donativos que no se recogen aquí.