Documentos necesarios para empadronarse en España

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Respuesta corta: para empadronarte necesitas dos cosas. Un documento de identidad en vigor (DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, entre otros) y un documento que permita comprobar que vives en esa vivienda, como la escritura, el contrato de alquiler vigente con el último recibo o la autorización de quien ya está empadronado allí. El alta en sí es gratuita.

Autoría y revisión

Por Equipo RutaTrámite. Última revisión: 27 de octubre de 2026, con la Resolución de 17 de febrero de 2020 sobre gestión del Padrón y la Ley 7/1985 en el BOE.

Lista rápida

Lleva o adjunta en la sede:

  • Formulario u hoja padronal del ayuntamiento, firmado
  • Documento de identidad en vigor de cada persona que se empadrona
  • Documento de la vivienda: escritura, contrato de alquiler vigente con último recibo, o autorización de la persona empadronada con título
  • Si actúas por otra persona: acreditación de la representación
  • Menores: Libro de Familia o certificado de nacimiento (hasta 14 años) y, si procede, autorización del otro progenitor

Documentos de identidad válidos

La inscripción recoge nombre, apellidos, sexo, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento y número de documento. La Resolución de 2020 admite, además del DNI, la tarjeta de residencia y el pasaporte, otros documentos concretos como el resguardo de solicitud de protección internacional o el permiso de conducir español (completado con otro documento para los datos que no figuran).

Cómo se acredita que vives allí

El título de la vivienda solo sirve como prueba de que habitas en ella. Por eso el ayuntamiento puede aceptar documentos distintos de la escritura o el contrato y comprobar la residencia por otros medios. No necesitas el permiso del casero para empadronarte si tienes un contrato vigente.

Cuánto cuesta

La inscripción en el padrón es gratuita. Los volantes y certificados dependen de cada ayuntamiento: consulta su ordenanza o su sede.

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

Cómo revisamos las guías · Avisar de un error

Preguntas frecuentes

¿Qué documento de identidad sirve?

Españoles: DNI. Extranjeros: tarjeta de residencia en vigor o, en su defecto, el documento de identidad o pasaporte de su país. Tiene que estar en vigor; un documento caducado solo vale si aportas la solicitud de renovación (apartado 2.1 de la Resolución de 2020).

¿Y para un niño?

Hasta los 14 años la identidad puede acreditarse con el Libro de Familia o el certificado de nacimiento.

¿Qué papel de la vivienda piden?

Escritura o título de propiedad, o el contrato de alquiler vigente acompañado del último recibo. El ayuntamiento puede aceptar otros documentos (por ejemplo, suministros) y comprobar por otros medios, como un informe de la Policía Local.

¿Y si vivo en casa de otra persona?

Lo habitual es una autorización firmada por una persona mayor de edad empadronada en esa vivienda que tenga título para ocuparla, junto con su documento de identidad. Mira la guía de casa de familiar.

¿Cuánto cuesta?

El alta es gratuita. El Ayuntamiento de València, por ejemplo, lo indica en sus preguntas frecuentes. Si alguien te cobra por «tramitar el padrón», consulta la guía sobre cobros.

¿Importa que la vivienda esté en mal estado o sea irregular?

No. El padrón refleja dónde vives realmente; la inscripción es independiente de controversias sobre la titularidad y de las condiciones físicas o urbanísticas de la vivienda (apartado 3.3).

Guías relacionadas

Resumen de las instrucciones técnicas estatales. Cada ayuntamiento publica su formulario y su forma de presentación; consulta su sede antes de ir.