Qué pasa si nadie consigue ser investido: repetición electoral

Revisión editorial

Si pasan dos meses desde la primera votación de investidura sin que nadie obtenga la confianza del Congreso, el Rey disuelve las Cortes y convoca nuevas elecciones (artículo 99.5 de la Constitución). Ha pasado dos veces: las elecciones de diciembre de 2015 se repitieron en junio de 2016, y las de abril de 2019, el 10 de noviembre.

Los pasos

  • El Rey consulta a los grupos y propone un candidato.
  • Primera votación: necesita 176 votos.
  • Segunda votación, 48 horas después: más síes que noes.
  • Si fracasa, se pueden proponer nuevos candidatos.
  • A los dos meses de la primera votación sin investidura: disolución y nuevas elecciones.

El caso de 2019

  • 28 de abril: elecciones generales.
  • Julio: la investidura fracasa y empieza a contar el plazo de dos meses.
  • 24 de septiembre: Real Decreto 551/2019 de disolución y convocatoria.
  • 10 de noviembre: nuevas elecciones.

Qué significa para ti

Si hay repetición, vuelves a votar con el mismo procedimiento: nueva tarjeta censal, nuevo plazo de voto por correo y nuevas mesas sorteadas.

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

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Preguntas frecuentes

¿Hay plazo antes de la primera votación?

La Constitución no lo fija; el reloj de dos meses empieza con ella.

¿Quién convoca la repetición?

El Rey, con el refrendo de la presidencia del Congreso. En 2019 fue el Real Decreto 551/2019, de 24 de septiembre.

¿Cuánto tiempo pasa hasta las nuevas elecciones?

En 2019, el decreto se publicó el 24 de septiembre y se votó el 10 de noviembre, menos de siete semanas después.

¿Gobierna alguien mientras tanto?

Sí: el Gobierno en funciones, que sigue hasta que toma posesión el nuevo.

¿Se puede repetir más de una vez?

La Constitución no lo impide; nunca ha ocurrido.

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