Votar si vives en el extranjero (CERA)

Revisión editorial

Si vives en el extranjero y estás inscrito en el censo de residentes ausentes (CERA), no tienes que pedir el voto: la Oficina del Censo Electoral te lo envía de oficio. Puedes mandarlo por correo al consulado hasta el 24 de noviembre de 2026 o votar en urna en el consulado del 21 al 26 de noviembre.

Dos formas de votar

Por correo: envías el voto a la oficina consular a la que estás adscrito, como muy tarde el 24 de noviembre de 2026. Exteriores avisa de que no valen los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.

En urna: lo depositas en el consulado o en un centro habilitado del 21 al 26 de noviembre de 2026, ambos incluidos.

Qué va en el sobre por correo

Según la Junta Electoral Central, en el sobre para la Junta Electoral van el sobre de votación, un certificado de inscripción firmado y una copia del DNI o pasaporte (o certificado de nacionalidad o de inscripción consular). Ese sobre, junto con el otro certificado, va dentro del sobre dirigido al consulado.

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

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Preguntas frecuentes

¿Sigue existiendo el voto rogado?

No para estas elecciones. El INE indica que los electores residentes en el extranjero votan sin necesidad de solicitud previa.

¿Cuándo llegan los sobres y las papeletas?

La documentación sale del 24 al 30 de octubre y las papeletas del 4 al 8 de noviembre (del 6 al 14 si hay recursos contra candidaturas). Las papeletas descargables están disponibles del 2 al 7 de noviembre.

Guías relacionadas

No somos la Junta Electoral, la Oficina del Censo Electoral, Correos ni un consulado. Las fechas salen del calendario de la Junta Electoral Central y de las notas oficiales citadas. Si una fuente oficial cambia un plazo, manda la fuente oficial.