Qué documento llevar a votar
Revisión editorial
Lleva el original de tu DNI, pasaporte o permiso de conducir con fotografía. No valen fotocopias ni el resguardo del DNI en trámite. La tarjeta censal no es obligatoria.
Documentos válidos
El artículo 85 de la LOREG enumera los documentos.
- DNI.
- Pasaporte.
- Permiso de conducir con fotografía.
Lo que acepta la mesa, según Interior
Infoelectoral enumera el DNI, el pasaporte con fotografía y el permiso de conducir con fotografía. Pueden estar caducados, pero tienen que ser originales.
No sirve el resguardo del DNI en trámite, porque no lleva tu fotografía. Tampoco valen fotocopias.
Si la mesa duda de tu identidad
El artículo 85.4 de la LOREG dice que, si la mesa duda de la identidad de quien vota, decide por mayoría a la vista de los documentos y de lo que digan los electores presentes.
Lo práctico es llevar un documento con una foto en la que se te reconozca bien.
Lo que no hace falta llevar
- La tarjeta censal: solo te informa de tu mesa.
- Las papeletas: las tienes en el colegio. Puedes llevarlas de casa si te las han enviado.
- Un certificado de empadronamiento: votas porque estás en el censo, no por el padrón.
Fuentes y comprobación
Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Vale el DNI en el móvil?
Las fuentes oficiales citadas hablan de documentos originales con fotografía. Si quieres ir seguro, lleva el documento físico.
¿Vale el DNI caducado?
Sí. Infoelectoral indica que no importa que el documento esté caducado, siempre que sea el original y lleve tu fotografía.
¿Vale el resguardo del DNI?
No. Infoelectoral explica que el resguardo del DNI en trámite no sirve porque no aparece tu fotografía.
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