Prórroga extraordinaria del alquiler de 2 años: requisitos

Revisión editorial

Respuesta corta: si tu contrato de alquiler vence antes del 31 de diciembre de 2028 y vas al día con el pago (también los 8 meses anteriores), puedes pedir hasta 2 años más con las mismas condiciones. Lo aprobó el Gobierno en octubre de 2026.

Requisitos

Contrato vigente que venza hasta el 31-12-2028. Al corriente de pago y haberlo estado los 8 meses previos. El casero solo puede negarse si necesita la vivienda para sí o su familia o si pactáis otras condiciones.

Hasta el 31-12-2027, la subida anual tiene un tope del 2 % si no hay acuerdo, y no puede subir si la renta supera el índice de referencia.

Qué dicen los partidos

El PSOE promete mantener los decretos; el PP propone derogarlos (según la prensa). Consulta la comparativa de vivienda.

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

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Preguntas frecuentes

¿Está en vigor?

Según la nota de La Moncloa del 8 de octubre de 2026, el primer decreto está en vigor y debe convalidarlo la Diputación Permanente. Comprueba su estado en el BOE.

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