Prórroga extraordinaria del alquiler de 2 años: requisitos
Revisión editorial
Respuesta corta: si tu contrato de alquiler vence antes del 31 de diciembre de 2028 y vas al día con el pago (también los 8 meses anteriores), puedes pedir hasta 2 años más con las mismas condiciones. Lo aprobó el Gobierno en octubre de 2026.
Requisitos
Contrato vigente que venza hasta el 31-12-2028. Al corriente de pago y haberlo estado los 8 meses previos. El casero solo puede negarse si necesita la vivienda para sí o su familia o si pactáis otras condiciones.
Hasta el 31-12-2027, la subida anual tiene un tope del 2 % si no hay acuerdo, y no puede subir si la renta supera el índice de referencia.
Qué dicen los partidos
El PSOE promete mantener los decretos; el PP propone derogarlos (según la prensa). Consulta la comparativa de vivienda.
Fuentes y comprobación
Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Está en vigor?
Según la nota de La Moncloa del 8 de octubre de 2026, el primer decreto está en vigor y debe convalidarlo la Diputación Permanente. Comprueba su estado en el BOE.
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