Cómo se vota al Senado
Revisión editorial
La papeleta del Senado es una lista abierta: marcas con una cruz a las personas que quieras, aunque sean de partidos distintos. En las provincias que eligen cuatro senadores puedes marcar como máximo tres.
El sobre
La papeleta del Senado va en su propio sobre, distinto del del Congreso. Si no marcas a nadie, es voto en blanco.
Cuántas cruces puedes poner en tu territorio
Según el artículo 3 del Real Decreto 806/2026 y el artículo 166 de la LOREG.
| Circunscripción | Senadores | Cruces máximas | |
|---|---|---|---|
| Cada provincia peninsular, Asturias, Cantabria, Murcia, Navarra y La Rioja incluidas | 4 | 3 | BOE: Real Decreto 806/2026, convocatoria del 29 de noviembre |
| Gran Canaria, Mallorca y Tenerife | 3 | 2 | BOE: Real Decreto 806/2026, convocatoria del 29 de noviembre |
| Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma | 1 | 1 | BOE: Real Decreto 806/2026, convocatoria del 29 de noviembre |
| Ceuta y Melilla | 2 | 2 | BOE: Real Decreto 806/2026, convocatoria del 29 de noviembre |
Novedad de 2026: Ibiza y Formentera, por separado
La Ley Orgánica 2/2026, de 30 de junio, adaptó la LOREG a la reforma del artículo 69.3 de la Constitución: Ibiza y Formentera eligen ahora un senador cada una. Antes compartían uno.
Con el reparto del Real Decreto 806/2026 se eligen directamente 209 senadores: 188 en las 47 provincias que eligen cuatro, 17 en las islas y 4 en Ceuta y Melilla. Los parlamentos autonómicos designan el resto (artículo 165.4 de la LOREG).
La papeleta del Senado
Es de color sepia, según el anexo del Real Decreto 605/1999, y la del Congreso es blanca. En la del Senado aparecen los candidatos agrupados por partido, con una casilla para cada uno.
Puedes marcar candidatos de partidos distintos. Si marcas más de los permitidos, el voto es nulo (artículo 96.3). Si no marcas a nadie, es voto en blanco (artículo 96.5).
Fuentes y comprobación
Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.
- LOREG, artículo 166
- BOE: Real Decreto 806/2026, convocatoria del 29 de noviembre
- LOREG, artículo 165: senadores por circunscripción
- LOREG, artículo 96.3: nulidad por exceso de marcas
- BOE: Ley Orgánica 2/2026, un senador para Ibiza y otro para Formentera
- BOE: Real Decreto 605/1999, artículo 13 y anexo de papeletas
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si marco más de la cuenta?
Marcar más candidatos de los permitidos puede hacer el voto nulo. Si tienes dudas, pide una papeleta nueva en el colegio.
¿Cuántos senadores elige mi territorio?
Cuatro por provincia; tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; uno en las demás islas; dos en Ceuta y dos en Melilla (Real Decreto 806/2026).
¿Puedo votar a senadores de partidos distintos?
Sí. Es una lista abierta: puedes repartir tus cruces entre candidatos de distintas candidaturas, siempre que no superes el máximo de tu circunscripción.
¿Cuántos senadores elige Ibiza?
Uno. Desde la Ley Orgánica 2/2026, Ibiza y Formentera eligen un senador cada una; el Real Decreto 806/2026 ya lo aplica.
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