Me he mudado: ¿dónde voto?

Revisión editorial

Votas donde dice el censo vigente para esta elección, que se cierra el día 1 del segundo mes anterior a la convocatoria. Si te has empadronado en otro sitio después, es posible que sigas votando en tu dirección antigua. Compruébalo en la sede del INE.

Qué hacer

Si tus datos no son correctos y no reflejan un empadronamiento anterior al cierre, puedes reclamar del 12 al 19 de octubre de 2026.

La regla del cierre del censo

El artículo 39.1 de la LOREG dice que el censo vigente es el cerrado el día 1 del segundo mes anterior a la convocatoria. La convocatoria es de octubre de 2026, así que el cierre es el 1 de agosto de 2026.

El artículo 39.3 añade que no se atienden los cambios de residencia de una circunscripción a otra hechos después de esa fecha: votas en la sección de tu domicilio anterior.

Los cambios de domicilio dentro de la misma circunscripción se reclaman en el plazo de consulta del censo, del 12 al 19 de octubre.

Tus opciones si ya no vives allí

  • Votar en persona el 29 de noviembre en tu mesa antigua, de 9:00 a 20:00.
  • Pedir el voto por correo hasta el 19 de noviembre e indicar tu dirección actual para recibir la documentación.
  • Si estás fuera de España una temporada, pedir el voto como temporalmente ausente (ERTA) hasta el 31 de octubre.

Fuentes y comprobación

Comprueba las condiciones y los avisos vigentes en las fuentes oficiales.

Cómo revisamos las guías · Avisar de un error

Preguntas frecuentes

¿Puedo votar por correo si ahora vivo lejos?

Sí. Pide el voto por correo hasta el 19 de noviembre e indica tu dirección actual para recibir la documentación.

Me mudé a otra provincia en septiembre, ¿dónde voto?

En tu sección anterior. El artículo 39.3 de la LOREG no tiene en cuenta los cambios entre circunscripciones posteriores al cierre del censo, que para esta convocatoria es el 1 de agosto de 2026. Puedes votar por correo desde tu nueva dirección.

Guías relacionadas

No somos la Junta Electoral, la Oficina del Censo Electoral, Correos ni un consulado. Las fechas salen del calendario de la Junta Electoral Central y de las notas oficiales citadas. Si una fuente oficial cambia un plazo, manda la fuente oficial.